Las Comunidades de Propietarios son responsables de los daños que causen a terceros o a sus propios comuneros. Estos daños pueden deberse a una acción o a una omisión derivada de culpa o negligencia y abarca los daños materiales o personales (lesiones o muerte) que pudieran producirse. La Ley de Propiedad Horizontal no establece la obligación para las Comunidades Propietarios de suscribir un seguro de responsabilidad civil, por lo que a nivel estatal no es obligatorio contar con dicho seguro.
Sin embargo, en algunas Comunidades Autónomas sí está regulada la materia. En concreto, en la Comunidad Autónoma de Madrid es obligatorio que todo edificio esté asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros y se considera infracción muy grave y sancionable no disponer de dicho seguro (Ley 2/1999, de 17 de marzo). Por su parte, en la Comunidad Valenciana también se establece la obligación de que los inmuebles suscriban un seguro contra el riesgo de incendios y daños a terceros. (Ley Ley 2/1999, de 17 de marzo).
¿Qué sucede si una Comunidad de Propietarios no tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil?
Si la Comunidad de Propietarios no tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil tendrá que responder de los daños causados e indemnizar a los perjudicados con los fondos de la propia Comunidad. En el caso de que la Comunidad carezca de fondos suficientes, será cada propietario el que deberá responder de los daños en función de su cuota de participación.
Una Comunidad que carezca de seguro de responsabilidad civil corre el riesgo de tener que hacer frente a cuantiosas cantidades para cubrir su responsabilidad por accidentes o reparaciones imprevistas, con la correspondiente derrama que ello implica para los propietarios. Por este motivo, lo más recomendable es que la Comunidad cuente con su seguro de responsabilidad civil para cubrir cualquier tipo de siniestro.
Póliza de seguros de las Comunidades de Propietarios
Las pólizas de seguros de las Comunidades de Propietarios suelen ser muy complejas. El siniestro más frecuente es el ocasionado por atasco o rotura de tuberías y bajantes. Muchas aseguradoras no incluyen este siniestro o solo lo incluyen con franquicia, por lo que antes de contratar la póliza es imprescindible contar con un buen asesoramiento. De este modo, la póliza cubrirá todas las garantías básicas y necesarias que necesita la Comunidad.
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