problemas de ruidos

Los problemas de ruidos en las Comunidades de propietarios

Uno de los problemas más frecuentes de las Comunidades Propietarios son los que se plantean debidos al ruido. Este conflicto se agudiza todavía más durante el verano. En época estival muchos vecinos suelen montar fiestas en la terraza o aprovechan para realizar obras, con las consiguientes molestias que ello ocasiona. ¿Qué puedes hacer en estos casos? Aquí te lo explicamos.

Normativa sobre ruido

La normativa sobre ruido está recogida en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y el Real Decreto 1367/2007, sobre contaminación acústica. Esta legislación es aplicable en aquellos supuestos en los que los problemas de ruido procedan de establecimientos comerciales, industriales o locales de ocio.

En el caso de que el problema de ruido proceda de un vecino de tu Comunidad Propietarios, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 7.2) de la Ley de Propiedad Horizontal que establece expresamente » al propietario o al ocupante de una propiedad no les estará permitido desarrollar en el inmueble en el que vivan o alrededor del mismo, actividades que estén prohibidas en los estatutos aprobados por la comunidad de propietarios que estén contempladas como dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

Además de lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal, tendrás que ver la normativa establecida por cada Ayuntamiento respecto a los horarios en los que no está permitido hacer ruido, así como los decibelios permitidos.

Por regla general, el horario en el que está permitido el ruido es de 8:00 a 22:00 horas de lunes a viernes y de 9:30 a 21:00 horas los fines de semana. Pero para mayor seguridad conviene confirmar lo que establece la normativa municipal.

Qué hacer ante un vecino ruidoso

Cuando hay un vecino ruidoso en una Comunidad Propietarios es conveniente que todos los vecinos afectados os unáis para encontrar una solución. La primera opción es que intentes hablar con el vecino que causa el conflicto para que cese de hacer ruido de forma voluntaria. Si, pese a ello no lo consigues, el siguiente paso es buscar la mediación a través del presidente de la Comunidad o el Administrador de Fincas. En muchas ocasiones esto suele bastar para solucionar el problema.

En el caso de que el vecino siga causando ruido tendrás que tomar medidas más drásticas, como presentar una denuncia ante la Policía Local o el Ayuntamiento.

Si las anteriores denuncias no dan resultado, tendrás que acudir a la vía judicial e interponer una demanda por la actividad molesta que está causando el vecino, al amparo de los dispuesto en el artículo 7.2) de la Ley de Propiedad Horizontal. Lo más conveniente es que la demanda se interponga por toda la Comunidad, aunque si ello no es posible el vecino o los vecinos afectados la pueden interponer de forma individual.

Si tienes alguna duda sobre molestias de ruidos en tu Comunidad, consulta con nuestros Administradores fincas G3 fincas. Te daremos el asesoramiento legal que necesites para eliminar los problemas de ruidos y recuperar la tranquilidad.

Ley Propiedad Horizontal

G3 Fincas – Administradores de Fincas

José Lorente Gutiérrez

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