¿Se pueden quitar las placas solares de los edificios?

Según se recoge en el artículo 14.2.b del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios) se pueden adoptar soluciones alternativas, entendidas como aquellas que se apartan parcial o totalmente de las Instrucciones técnicas. En ese caso el proyectista o el director de la instalación, bajo su responsabilidad y previa conformidad de la propiedad, pueden adoptar soluciones alternativas, siempre que justifiquen documentalmente que la instalación diseñada satisface las exigencias del RITE porque sus prestaciones son, al menos, equivalentes a las que se obtendrían por la aplicación de las soluciones basadas en las Instrucciones técnicas.

José Lorente Gutiérrez

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